Reglamento para la Titulación
Sitio: | Titulación |
Curso: | Titulación |
Libro: | Reglamento para la Titulación |
Imprimido por: | |
Día: | lunes, 19 de mayo de 2025, 05:27 |
CAPÍTULO I
UNIDAD DE TITULACIÓN
Estos componentes deberán ser revisados previo a cualquier acto.
Artículo 4. Definición.-
La unidad de titulación es aquella que valida las competencias profesionales para el abordaje de situaciones, necesidades, problemas, dilemas o desafíos de la profesión y los contextos; desde un enfoque reflexivo, investigativo, experimental e innovador según el Modelo Educativo de la Universidad.Artículo 5. Conformación.-
La unidad de titulación de la carrera estará conformada por:
a) Subdecano (quién presidirá)
b) Coordinador de Carrera.
c) Un profesor de la carrera.
d) El secretario asignado para el efecto. (quien actuará como secretario de la unidad de titulación, (únicamente con voz).
CAPÍTULO II
DE LA HABILITACIÓN Y EL CERTIFICADO DE APTITUD LEGAL
Estos componentes deberán ser revisados previo a cualquier acto.
Artículo 10. Requisitos para la habilitación:
Para ser declarado legalmente habilitado para obtener el título de Tercer Nivel, los estudiantes deberán cumplir con los siguientes requisitos curriculares y extracurriculares:
- Haber aprobado todas las asignaturas y espacios curriculares de las establecidas en la Malla Curricular de la Carrera (récord académico, el mismo que será emitido con la leyenda “EN PROCESO” en el espacio de titulación).
- Haber aprobado el requisito de una segunda lengua, de acuerdo a las regulaciones establecidas en el Reglamento de Régimen Académico del Consejo de Educación Superior correspondiente.
- Haber aprobado Cultura Física;
Artículo 11. Requisitos para obtener el Certificado de Aptitud Legal:
Examen de carácter complexivo.- El aspirante a la titulación una vez que se encuentre habilitado, deberá presentar a la Secretaría de Facultad, previa a la rendición del examen , los siguientes documentos:
- Informe Académico Estudiantil otorgado por la Secretaría de la Coordinación de Carrera, el mismo que deberá contener lo siguiente: récord académico, certificado de haber aprobado la segunda lengua, y el certificado de aprobación de Cultura Física.
- Certificado único de no adeudar a las diferentes dependencias universitarias, en el formato establecido por la Dirección Financiera, respecto a los valores adeudados o bienes a su cargo pertenecientes a la Universidad.
- Informe del docente Tutor del examen de grado de carácter complexivo de haber cumplido al menos al 70% de asistencia a las tutorías programadas.
CAPÍTULO III
DE LA HABILITACIÓN Y EL CERTIFICADO DE APTITUD LEGAL
Estos componentes deberán ser revisados previo a cualquier acto.
Artículo 10. Requisitos para la habilitación:
Para ser declarado legalmente habilitado para obtener el título de Tercer Nivel, los estudiantes deberán cumplir con los siguientes requisitos curriculares y extracurriculares:
- Haber aprobado todas las asignaturas y espacios curriculares de las establecidas en la Malla Curricular de la Carrera (récord académico, el mismo que será emitido con la leyenda “EN PROCESO” en el espacio de titulación).
- Haber aprobado el requisito de una segunda lengua, de acuerdo a las regulaciones establecidas en el Reglamento de Régimen Académico del Consejo de Educación Superior correspondiente.
- Haber aprobado Cultura Física;
Artículo 11. Requisitos para obtener el Certificado de Aptitud Legal:
Examen de carácter complexivo.- El aspirante a la titulación una vez que se encuentre habilitado, deberá presentar a la Secretaría de Facultad, previa a la rendición del examen , los siguientes documentos:
- Informe Académico Estudiantil otorgado por la Secretaría de la Coordinación de Carrera, el mismo que deberá contener lo siguiente: récord académico, certificado de haber aprobado la segunda lengua, y el certificado de aprobación de Cultura Física.
- Certificado único de no adeudar a las diferentes dependencias universitarias, en el formato establecido por la Dirección Financiera, respecto a los valores adeudados o bienes a su cargo pertenecientes a la Universidad.
- Informe del docente Tutor del examen de grado de carácter complexivo de haber cumplido al menos al 70% de asistencia a las tutorías programadas.
CAPÍTULO IV
DE LA HABILITACIÓN Y EL CERTIFICADO DE APTITUD LEGAL
Estos componentes deberán ser revisados previo a cualquier acto.
Artículo 10. Requisitos para la habilitación:
Para ser declarado legalmente habilitado para obtener el título de Tercer Nivel, los estudiantes deberán cumplir con los siguientes requisitos curriculares y extracurriculares:
- Haber aprobado todas las asignaturas y espacios curriculares de las establecidas en la Malla Curricular de la Carrera (récord académico, el mismo que será emitido con la leyenda “EN PROCESO” en el espacio de titulación).
- Haber aprobado el requisito de una segunda lengua, de acuerdo a las regulaciones establecidas en el Reglamento de Régimen Académico del Consejo de Educación Superior correspondiente.
- Haber aprobado Cultura Física;
Artículo 11. Requisitos para obtener el Certificado de Aptitud Legal:
Examen de carácter complexivo.- El aspirante a la titulación una vez que se encuentre habilitado, deberá presentar a la Secretaría de Facultad, previa a la rendición del examen , los siguientes documentos:
- Informe Académico Estudiantil otorgado por la Secretaría de la Coordinación de Carrera, el mismo que deberá contener lo siguiente: récord académico, certificado de haber aprobado la segunda lengua, y el certificado de aprobación de Cultura Física.
- Certificado único de no adeudar a las diferentes dependencias universitarias, en el formato establecido por la Dirección Financiera, respecto a los valores adeudados o bienes a su cargo pertenecientes a la Universidad.
- Informe del docente Tutor del examen de grado de carácter complexivo de haber cumplido al menos al 70% de asistencia a las tutorías programadas.